El nuevo Plan Nacional de Desarrollo le garantiza ingresos futuros al sistema de salud al brindarle estabilidad a las empresas que operan los juegos. La seguridad jurídica sin duda se constituye en un elemento sustancial para hacer políticas de largo plazo, inversiones y darle un desarrollo debido a la actividad de juegos. Además de reducir considerablemente la ilegalidad, hacer de Colombia un destino atractivo para la inversión y generar desarrollo en el portafolio de juegos.
El propósito gremial fue visibilizar ante el Gobierno Nacional cómo las altas cargas impositivas del sector de juegos de suerte y azar estaban impactando la sostenibilidad de las empresas y haciendo inviable la industria, especialmente en los juegos localizados (máquinas y bingos) y las apuestas permanentes (chance).
Juegos Localizados
La situación del sector de juegos de suerte y azar en la modalidad de localizados (casinos y bingos) ha venido decreciendo, a partir de la aplicación dada por Coljuegos para cada máquina electrónica tragamonedas frente a la norma que indica que los derechos de explotación será el mayor valor entre el 12% del ingreso neto del juego y una tarifa fija (mínimo garantizado), lo cual ha generado pagos equivalentes al 23% del ingreso bruto (esto es, del valor de apuestas sin descontar los premios entregados que equivalen a un 90% del valor apostado en cada elemento de juego). Esto sin considerar que el IVA es asumido directamente por el operador, ya que, en esta modalidad de juego, no es posible cobrarlo al jugador.
Lo anterior, va en contravía de la lógica económica de cualquier actividad comercial, impactando en el crecimiento de las ventas, el número de elementos de juego y el incremento de la ilegalidad, toda vez que este esquema impositivo se ha convertido en un desincentivo para la legalización y la inversión. De hecho, según el estudio publicado en septiembre 2018 y realizado por Fedesarrollo “Caracterización y estimación del mercado ilegal de juegos de suerte y azar en Colombia” en los últimos años en la industria se ha registrado un incremento del 50% en las máquinas que operan de forma ilegal en el país.
La modificación contemplada en el artículo 61 del documento aprobado por el legislador, permitirá al sector de juegos localizados continuar generando recursos importantes para la salud, además de la sostenibilidad económica de los operadores, dado que, de continuar con la estructura actual, los recursos por concepto de derechos de explotación para la salud, estarían comprometidos para los próximos 3 años. Por tanto, si bien la norma aprobada en el PND tiene un impacto en el corto de plazo, con una disminución de aproximadamente 14% para el primer año en las
transferencias; en el mediano y largo plazo, esto es en máximo 2 años, se estima un incremento en las rentas a la salud, por las siguientes vías:
Para esta modalidad de los juegos de suerte y azar, la modificación permitirá a la industria ser más competitiva frente a condiciones de los nuevos juegos regulados por la entidad, la modernización del parque de máquinas lo cual elevará los estándares de la operación cumplimiendo así uno de los objetivos estratégicos de la entidad y el incremento en mediano plazo de los derechos de explotación, estimándose que en aproximadamente 2 años, el valor de transferencias será superado al de la actualidad.
El Chance por su parte viene con una aplicación de dos normas de manera contradictoria, los derechos de explotación que corresponden al 12% del ingreso se oponen al concepto de rentabilidad mínima definido en el artículo 24 de la Ley 643 de 2001. Igualmente, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar ha proferido actualizaciones no descritas en la ley, las cuales han generado inequidad y modificación del régimen económico del juego de apuestas permanentes como el concepto de metodología para el cálculo de la rentabilidad mínima proferido por en julio de 2013.
Las tarifas económicas de los juegos en el mundo están ligadas al valor de la apuesta que constituye el ingreso bruto, pero con tasas marginales y depuradas, porque en la mayoría de los eventos se descuentan los premios, situación que no afecta la estructura de costos de las empresas que se dedican a esta actividad. Entre tanto en Colombia se instituyó de manera irresponsable la figura del mayor valor, entre los derechos y la rentabilidad mínima, adicionando crecimientos como el IPC y actualización a valores presentes que en últimas desnaturalizan la tarifa, ingredientes que sumados aumentan la tarifa real, cambiando el régimen económico por incrementos que no guardan correspondencia con la realidad operativa y el ingreso del juego.
Importante destacar el ejercicio en Colombia que se ha venido dando para la conexión en línea y en tiempo real de todos los juegos, donde el Estado obtiene como receptor principal y primario el dato total de los ingresos tanto de Chance como de las máquinas, herramienta tecnológica que se instituyó precisamente para la determinación del ingreso y de esta manera asegurar el pago de los derechos de explotación, por tanto, no es justificable ni entendible que a pesar de la claridad de este valor de ingreso de todas las apuestas, haya una exigencia de rentabilidad mínima adicional o de derechos de explotación mayores a los normativos que contrastan con el ingreso.
Era inminente que la actividad económica de los juegos debía estar enmarcada en un esquema de seguridad y estabilidad jurídica y precisamente a eso apuntó la modificación expedida por el Congreso de la República en el Plan Nacional de Desarrollo (PND), donde no se hace otra cosa distinta que ratificar la postura de los fallos de la jurisdicción constitucional y contenciosa administrativa de la competencia exclusiva del Congreso para expedir tarifas, derechos de explotación, tasas, impuestos o contribuciones. El legislador mantiene la estructura constitucional del régimen propio de los juegos de suerte y azar, con la iniciativa que partió de la ley 643 de 2001.