El reglamento de la modalidad de juegos novedosos del tipo operados por internet fue adicionado, al ampliarse la oferta de productos, se incluyen los juegos virtuales, esta ampliación significa que la categoría de juegos localizados de apuestas de carreras y deportes virtuales ya es posible tenerla como juego online. Por lo que difícilmente se va a recibir solicitud de permisos para virtuales localizadas con juegos que se encuentran en desventaja frente a la comercialización online en lo que respecta a la tarifa, a la exclusión del Iva y al requisito de conseguir el concepto previo del alcalde del lugar de funcionamiento.
Por ahora, los juegos virtuales localizados están siendo comercializados ilegalmente y es preciso revisar el reglamento para que se viabilice esta operación.
En el Acuerdo 04 de 2019 tenemos que el ofrecimiento de juegos a los apostadores es de virtuales (gráfica animada) o pregrabados (compilación de escenas), implican que el evento puede estarse desarrollando en el momento, o que ya transcurrió previamente.
Existen mejores bondades para los operadores cuando acceden al juego virtual online, así:
-La tarifa es distinta, ahora puede ser el 15% menos premios de acuerdo a la Ley 1753 de 2015. La comercialización del juego bajo esta tarifa hace más viable el esquema.
-Ya no es un juego con IVA.
-No requiere concepto previo.
-Solo están habilitados los operadores de juegos online para ofrecerlo (en la actualidad 18 operadores).
-El abanico de ofertas se aumenta, las representaciones gráficas animadas, bien sea de eventos reales que estén sucediendo como los que ya se han materializado pueden ser infinitas.
-Se extiende la autorización a las mismas actividades comerciales o de servicios compatibles que se habían previsto para los eventos reales deportivos o no deportivos que se encuentran en el mercado.
-Aplica a los contratos de ejecución, previa solicitud del operador y el cumplimiento de los requisitos a que haya lugar, entre las cuales se encuentran las certificaciones de juegos.
-La adecuación de las plataformas y los requerimientos técnicos para la puesta en marcha de este nuevo producto, podría tardarse mínimo 3 meses. La tecnología de virtuales requiere una plataforma robusta, adicionalmente, es preciso realizar la solicitud ante Coljuegos para la ampliación de las apuestas frente a juegos virtuales.
Acuerdo 4 de 2019 expedido por Coljuegos publicado en el Diario Oficial número 51.092 del 30 de septiembre de 2019.