Decreto 593 de 2020

Juegos de Suerte y Azar en Colombia
La Unidad de Información y Análisis Financiero – UIAF
28 abril, 2020
juegos de suerte y azar
Protocolo de Bioseguridad para el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 en el sector de Juegos de Suerte y Azar
28 abril, 2020
juegos de suerte y azar en Colombia

Con este Decreto se da viabilidad de operación a los Juegos de Suerte y Azar, durante la Emergencia Sanitaria, Social y Económica, a raíz del Covid-19, concretamente en el artículo 3, numeral 29, en el cual se exceptúan algunas actividades, entre ellas los juegos novedosos y los juegos territoriales:

La prestación de servicios bancarios y financieros, de operadores postales de pago, casas de cambio, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, Chance y Lotería, centrales de riesgo, transporte de valores y actividades notariales y de registro de instrumentos públicos, así como la prestación de los servicios relacionados con la expedición licencias urbanísticas.

El Superintendente de Notariado y Registro determinará los horarios y turnos, en los cuales se prestarán los servicios notariales, garantizando la prestación del servicio a las personas más vulnerables y a las personas, de especial protección constitucional.

El Superintendente de Notariado y Registro determinará los horarios, turnos en los cuales se prestarán los servicios por parte de las oficinas de registro de instrumentos públicos.

Descargue el Decreto 593 de 2020 aquí.